Para introducirnos en los mecanismos de participación en cuestiones ambientales es necesario tener claro el siguiente concepto:
GOBERNANZA AMBIENTAL: Es un mecanismo que se utiliza para que las personas participen en la administración que hace el Estado de los Recursos Naturales. Teniendo claro dicho concepto daremos paso a explicar los mecanismos más importantes en decisiones ambientales. Publicidad de las decisiones ambientales: Se encuentra en el Artículo 70 de la Ley 99 de 1993, para efectos de la publicación a que se refiere este artículo, toda entidad perteneciente al Sistema Nacional Ambiental, publicará un boletín con la periodicidad requerida informando acerca de las decisiones ambientales que se hayan tomado, esta información se enviará por correo a quien la solicite. Intervención en procedimientos administrativos ambientales: Artículo 69 Ley 99 de 1993, del derecho a intervenir en los procedimientos administrativos ambientales. Puede intervenir cualquier persona natural. En cuanto a la intervención de las personas jurídicas, podrán intervenir : Entidades públicas, Municipios, Departamentos, la Nación, Entidades descentralizadas. Intervención de personas jurídicas particulares: Sociedades, fundaciones, corporaciones. Todos los anteriores pueden intervenir en los procedimientos sancionatorios ambientales, permisos, licencias ambientales, interponiendo una queja para imponer o revocar dichas actuaciones. Cualquier intervención debe hacerse por escrito.
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AutorAbogada especialista en derecho ambiental de la Universidad de Medellín. Archivos
February 2019
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